jueves, 30 de septiembre de 2010

Pasantia de ejecución penal...

Pasantes y su función…

Los días jueves de cada semana llegan los abogados pasantes del Colegio de Abogados de Rosario con la premisa de evacuar las consultas de los internos condenados y que tienen alguna duda sobre la ejecución de su pena y/o por cualquier trámite legal que deban iniciar ante el juzgado de ejecución penal. Estos días, los pasantes se juntan en el patio de la unidad y allí, en los bancos arman su “despacho” y evacúan cada consulta, inicializan los diferentes trámites de la función ejecutiva de la pena y lo siguen hasta obtener un resultado, positivo en la mayoría de los casos.

Estos jóvenes profesionales del Derecho reciben del Colegio de Abogados tan solo los viáticos para cumplir con una función que es muy preponderante para el detenido, ya que ejercen muy bien la defensa sobre los derechos del condenado, haciendo respetar los Tratados Internacionales firmados por la República Argentina y que tienen tutela Constitucional.

Demás está decir la buena onda que le ponen para atender al detenido que llega a ellos para recibir atención y regresar a su pabellón con una perspectiva diferente, con otra mirada sobre su actualidad personal. La Pasantía de ejecución penal está direccionada hacia todos aquellos con inconvenientes de orden jurídico legal que se encuentren condenados, atendiendo las necesidades básicas del ordenamiento penal durante la ejecución de la pena. El detenido tiene derechos que no han sido conculcados por la condena, derecho a recibir visitas, derecho a comunicarse con sus familiares, allegados, curadores, abogados etc. Y se encuentran contemplados en la ley penitenciaria, así como también en los Tratados Internacionales de derechos humanos y en el tratado de derechos civiles y políticos. Los mismos deben ser respetados por la autoridad jurisdiccional y propender a que su aplicación sea justa y adecuada; cuando estos derechos son violentados por alguna autoridad penitenciaria, el juez de ejecución penal debe intervenir al efecto de que cese todo agravamiento. En casos en que el juez haga acto de omisión entran en juego los pasantes para buscar solución jurídica legal a los padecimientos del detenido, cumpliendo un rol de importancia significativa en el paso institucional de cada uno de los detenidos.-

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